La Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) presentó el martes 1 de agosto una medida cautelar ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal para que la Secretaría de Cambio Climático de la Nación suspenda las autorizaciones de exploración sísmica y la explotación de gas costa afuera (off shore) en todo el mar argentino hasta tanto se evalúen sus impactos acumulativos y climáticos y se publiqué una evaluación ambiental estratégica (EAE).

La presentación se realizó ante la necesidad de detener la avanzada petrolera en el mar argentino. Hoy en día se están realizando exploraciones y explotaciones offshore con estudios ambientales incompletos y sin contemplar tanto los daños irreversibles y permanentes que se ocasionarán al ecosistema marino como los compromisos climáticos asumidos por el país.

La medida cautelar, que busca proteger la biodiversidad marina y enfrentar la crisis climática, tiene como objetivo que el gobierno nacional se abstenga de otorgar permisos de exploración sísmica y de explotación hidrocarburífera costa afuera, emitir declaraciones y aprobar estudios o evaluaciones de impacto ambiental, y autorizar prospecciones sísmicas o de explotación hasta tanto se evalúen sus impactos acumulativos y climáticos y se publique una EAE que contemple también las alternativas energéticas y los costos y beneficios en el marco de una transición justa.

Además, la medida cautelar implica la detención inmediata de los proyectos de exploración y explotación ya autorizados, como el proyecto “Fénix en Cuenca Marina Austral (CMA-1)”, y el “Argerich-1 Cuenca Argentina Norte (Bloque CAN_100)”.

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Durante las audiencias públicas de los años 2021, 2022 y 2023, en las que se debatieron los Estudios de Impacto Ambiental de los proyectos offshore, FARN exigió la elaboración y publicación de una EAE frente a las políticas extractivas en el mar argentino en abierta oposición con compromisos climáticos internacionales.

La EAE es un estudio que permite analizar los impactos ambientales de programas y proyectos en diálogo con los objetivos estratégicos y compromisos climáticos internacionales asumidos por el país. Esta evaluación contempla, entre otros puntos, la reducción de gases de efecto invernadero, la conservación de la biodiversidad y la diversificación de la matriz energética.

Las declaraciones y autorizaciones ambientales favorables a estos proyectos de exploración y explotación por parte de la Secretaría de Cambio Climático de la Nación vulneran el principio de no regresión establecido en el Acuerdo de Escazú y violan las leyes 23.094 -que declaró monumento natural nacional a la ballena franca austral- y 22.351 -que estableció la protección absoluta e inviolabilidad de los monumentos naturales.

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Es indispensable que, hasta tanto sean presentadas la evaluación ambiental estratégica y las evaluaciones de impactos acumulativos y climáticos, estos proyectos deben suspenderse y detenerse de forma inmediata.