En el día de hoy , 30 de diciembre de 2021, se publicó en el boletín oficial de la República Argentina la Resolución 436/2021, a través de la cual se aprueba la realización del proyecto “ADQUISICIÓN SÍSMICA 2D-3D-4D OFF-SHORE EN BLOQUE CAN 108 -CAN 114” presentado por la empresa Equinor Argentina.
Desde el Instituto de Conservacion de Ballenas expresamos nuestro más ferviente rechazo a esta decisión tomada por el gobierno argentino a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo sustentable, liderado por Juan Cabandié.
Esta resolución representa el inicio de las actividades de exploración sísmica en la cuenca Argentina Norte, frente a las costas del sur de la Provincia de Buenos Aires que busca extender la frontera de explotación petrolífera en el Mar Argentino.
Nuestra oposición a estas actividades y nuestras razones fueron manifestadas en la audiencia pública convocada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, en julio del 2021.
Nuestros argumentos
La experiencia y evidencia científica de más de 50 años estudiando ballenas francas australes en el Mar Argentino y el Atlántico Sudoccidental, sustentan nuestros argumentos en rechazo. Algunos de ellos son:
- Las áreas donde se realizarán las prospecciones sísmicas se superponen con un área muy relevante para las ballenas francas durante su época de alimentación en primavera. Asimismo, se solapan con hábitats que albergan una gran biodiversidad y son escenario de importantes procesos ecológicos, como el desove de especies de importancia ecológica y comercial, la migración del calamar, y la alimentación de aves, tortugas y mamíferos marinos, como la ballena franca austral.
- Debido a su valor ecosistémico, estas mismas áreas fueron identificadas como potenciales Áreas Marinas Protegidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, por lo que esta decisión se contradice en absoluto.
- Los cetáceos dependen de la producción y percepción del sonido para la mayoría de sus funciones vitales. El sonido emitido por los cañones en las prospecciones sísmicas pueden alcanzar una distancia de 4000 km. Este ruido de alta intensidad puede afectar sus funciones biológicas esenciales y generar daños fisiológicos y físicos que los pueden llevar a la muerte.
- Adicionalmente, existe evidencia científica de los efectos negativos que ocasionan estas actividades sobre la fauna marina, desde cambios en el comportamiento hasta la interferencia en funciones vitales, pudiendo incluso producir la muerte.Las actividades propuestas por Equinor Argentina degradan un ecosistema que ya se encuentra amenazado por la sobrepesca, el calentamiento global y la contaminación.
No hay forma de que la industria petrolera pueda garantizar un “riesgo” o impacto bajo en la biodiversidad y, consecuentemente, en la población. Los antecedentes destructivos hablan por sí mismos.
Para mitigar y adaptarnos a los efectos del Cambio Climático, necesitamos alcanzar la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero y cumplir con el Acuerdo de París. Gran parte de ese logro consiste en transicionar hacia energías renovables y no seguir fomentando la explotación y uso de los combustibles fósiles.
Tal como lo expresó Diego Taboada, Presidente del ICB, durante la audiencia:
“No hay forma de que esta actividad pueda garantizar que no tendrá impactos irreversibles en la biodiversidad y por ende, en la salud y el bienestar de la población. Sobre todo en actividades productivas como el turismo de observación de ballenas, delfines y otros mamíferos marinos que benefician a todas las comunidades costeras.”
Desde el ICB, además de expresar públicamente a las autoridades nacionales nuestro firme rechazo a la resolución aprobada hoy 30 de diciembre bajo el Nº 436/2021, en forma conjunta con las organizaciones argentinas que integran el Foro para la Conservación del Mar Patagónico y Áreas de Influencia, emitimos un comunicado ratificando nuestra posición en rechazo. En el mismo, entre otros puntos, se destaca que el Estado Argentino tiene la responsabilidad de hacer cumplir el derecho constitucional de la ciudadanía a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes, sin comprometer a las de las generaciones futuras.